• Debido a las constantes actualizaciones en las restricciones de ingreso estipuladas por cada país, te recomendamos que antes de viajar verifiques aquí y con la Embajada o Consulado correspondiente la documentación necesaria. Recordá que cumplir con la documentación, los protocolos y los requerimientos exigidos por las autoridades gubernamentales son requisitos necesarios e indispensables para embarcar en nuestros vuelos.
• Importante: siempre que viajes en un vuelo internacional hacia/desde Argentina deberás completar la DDJJ http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/ dentro de las 48hs previas al viaje y presentar al momento del check in, el comprobante que recibirás en tu mail al finalizar la declaración.
Los requisitos exigidos por las autoridades Argentinas, se encuentran detallados a continuación:
INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA PASAJEROS VIAJANDO HACIA/DESDE ARGENTINA:
PASAJEROS INGRESANDO A ARGENTINA
Conforme a la Decisión Administrativa 951/21 se informa a continuación los requisitos exigidos para ingresar al país:
Argentinos o Residentes de Argentina
Nacionales y residentes de países limítrofes que hayan permanecido en el país de proveniencia (Chile, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay) durante los 14 días previos al ingreso a Argentina
Extranjeros de todo origen a partir del 1 de noviembre 2021
Para poder ingresar al país deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1• Completar la DDJJ http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/ dentro de las 48hs previas al viaje y presentar al momento del check in, el comprobante que recibió en su mail al finalizar la declaración
2• Demostrar mediante un certificado de vacunación, haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país.
• Excepto:
- Argentinos o residentes de Argentina
- Extranjeros que hubieran sido excepcionalmente autorizados por la Dirección nacional de Migraciones
Si dichas personas no cumplieran con el esquema de vacunación completo podrán ingresar al país debiendo realizar una cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa y hacerse un PCR al día SIETE (7) de su llegada al país, cuyo resultado deberá ser negativo como condición de finalización del aislamiento obligatorio.
3• Contar con un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19 y no tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía
• Excepto: Argentinos o Residentes de Argentina
4• Presentar constancia de PCR con resultado negativo realizado con un máximo de SETENTA Y DOS (72) horas previas al embarque.
• Excepto:
- Aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
- Menores de 6 años
5• Realizar un nuevo test para SARS-CoV-2 entre el quinto y el séptimo día del ingreso. El costo de la prueba deberá ser asumido por la persona que ingresa al país.
- De resultar positivo el test practicado al séptimo día de arribo al país, deberá el laboratorio interviniente arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie genómicamente la muestra y la autoridad sanitaria local realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero.
• Menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación, pero que se encuentren en compañía de adultos que - cumpliendo con tal condición - ingresen al país, podrán ingresar al territorio nacional debiendo realizar la cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa y hacerse un PCR al día SIETE (7) de su llegada al país deberán, cuyo resultado deberá ser negativo como condición de finalización del aislamiento obligatorio.
Importante: aquellos personas que ingresen al país por el aeropuerto de Mendoza a efectos de evitar demoras y complicaciones al arribo a dicho aeropuerto, les sugerimos sigan las instrucciones recomendadas en el siguiente link
Extranjeros parientes directos de nacionales argentinos ó residentes en argentina (padres, hijos, hermanos, cónyuges o convivientes) que ingresen transitoriamente a nuestro país antes del 1 de Noviembre por razones de necesidad, y no requieran visado ó Extranjeros expresamente autorizados por la Dirección nacional de Migraciones para entrar al país (antes del 1 de Noviembre)
Los mismos deberán, además de cumplir con todos los requisitos mencionados en el apartado anterior:
• Acreditar ante la aerolínea: certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente legalizado y apostillado (*) que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar a quien visita y reserva de pasajes.
(*) En USA los documentos se deberán ser apostillados.
• Presentar al momento del ingreso al territorio nacional y ante el inspector migratorio, nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante que le sea requerida.
Pasajeros egresando de Argentina
Por disposición 3025/2020 de la Dirección Nacional de Migraciones todo pasajero que ingrese o egrese desde/hacia Argentina, deberá cumplir con los siguientes requisitos, dentro de las 48 hs previas al viaje:
• Completar de forma electrónica una declaración jurada ingresando al siguiente link http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/
• Presentar al momento del Check in, el comprobante que recibió en su mail al finalizar la declaración.
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